Otros oficios

Otros oficios en la Real Maestranza de Valencia

EL CABALLERO FISCAL

Considerando quan conveniente será que todos oygan al Cavallero Fiscal, à quien se supone precisamente enterado por razon de su empleo, en todos los asuntos de la Maestranza, que debe estar en la Mesa viendo los votos para las graduacion de las eleciones, tendrà su asiento en las Juntas á la mano izquierda de la Silla de S.A.R. votarà el primero, y tomarà la voz de la Maestranza, para responder y hablar en su nombre (Trascritas según texto original).

Para solicitar la dignidad de Caballero Fiscal debe haber sido antes Caballero Padrino o Cuadrillero; dura su empleo cuatro años y han de pasar otros cuatro para volver a serlo. Enterado por razón de su empleo, en todos los asuntos de la Real Maestranza de Caballería, que debe estar en la Mesa, viendo los votos para la graduación de las elecciones.

Tendrá el compromiso de advertir la más mínima contravención de la Ordenanzas, dando cuenta a la Junta Secreta como Juez de ella.

Estará al cuidado del Fiscal, no permitir que persona alguna que no sea Individuo de la Maestranza, use cualquier cosa perteneciente a los equipos de uniforme que usa este Cuerpo.

PADRINOS

Siempre ha tenido la Maestranza dos Cavalleros de sus Individuos con el nombre de Padrinos, que acompañan este Cuerpo en todas sus funciones, sin trabajar en ellas; si solo de respeto y autoridad; cuyo empleo dura cuatro años, y a de pasar otros cuatro para ser reelegidos (Trascritas según texto original).

El primero de los Caballeros Padrinos tiene su lugar en las Juntas Generales, Secretas y Particulares, al lado derecho del Teniente de S.A.R. y vota el segundo.

El segundo Caballero Padrino tiene su lugar en dichas Juntas al lado izquierdo del Caballero Fiscal y vota el tercero: en todas las funciones acompaña al primero y va a su izquierda.

Es peculiar de los Caballeros Padrinos, que cuando viene el Capitán General a mandar a este Reino, a su arrivo a esta Ciudad, ir a darle la bienvenida en nombre de la Maestranza.

SECRETARIO

El oficio de Cavallero Secretario dura cuatro años, y puede ser reelegido à voluntad de la Junta General, votandolo como en su primera elección, y tiene en todas las Juntas su lugar al cabo de la Mesa à la parte del Teniente, y vota el cuarto, debiendo asistir igualmente à todos los actos, de los cuales debe dejar memoria por escrito (Trascritas según texto original).

Además en las primitivas Constituciones, como en las Ordenanzas vigentes de la Maestranza, está dispuesto entre las primeras obligaciones del Caballero Secretario, que en las Juntas tenga delante de sí el libro de los “festejos”, que se han hecho con el diseño del nuevo plan que para cada uno ha de formarse, el motivo por que se ejecutó, nombres y empleos de los que tomaron parte en las fiestas. En el Archivo de la Real Maestranza se conservan estos libros. En las Juntas sobre la Mesa tres Libros que debe llevar:

  1. Uno en que se escriben las Juntas.
  2. Otro en que se anotan los Maestrantes.
  3. Otro en que se describirán los Festejos.

Tendrá a su cargo el Archivo General de la Maestranza, deberá pasar por escrito los avisos de Admisión.

El legajo de los años de 1754 á 1776, contiene los dibujos para veinticuatro funciones, de ocho a catorce evoluciones cada una, además de los lances de juego de la cabeza, sortija, carrillos, broquelón, cabeza de reves, sortija en tierra, en una o varias carreras, con lanza, dardo o espada. Se distinguen por títulos alusivos a la figura dominante, tales como de vueltas mixtas, rosa valenciana, choque, Cruz de Caravaca, laberinto, encomienda, tomos enlazados, tomos bloqueados, parejas dobles y dobles de a tres, tablero de damas, vueltas de la Cruz, las quinas y cuadrantes. Otro libro de escaramuzas delineadas por Pablo Antonio José Ortiz, de Córdoba, principia en 1776, en la plaza del Mercado el 13 de Junio y está compuesta para seis cuadrillas y consta de trece figuras.

TESORERO

Desde su fundación ha tenido esta Maestranza un Cavallero Maestrante para el Oficio de Tesorero, cuyo empleo durará cuatro años, y podrà ser reelegido à voluntad de la Junta General; pero siempre con la misma formalidad que en su elección tiene su lugar en todas las Juntas al cabo de la Mesa á la parte del Fiscal, y vota el quinto (Trascritas según texto original).

Además durante cada Junta debe llevar dos Libros:

  1. Uno en que se anota el dinero que entra en su poder.
  2. Otro de lo que va pagando.

Y está a cargo del Caballero Tesorero, cobrar todos los caudales de la Maestranza. Deberá dar cuentas al cabo del año, a los Jueces, que nombrare la Junta particular, las que aprobará en su caso la General.

CABALLEROS CAPELLANES

Siendo muy propio que la Maestranza tenga Cavalleros Capellanes para que egerzan las funciones pertenecientes à su estado, admitià dos, ò à lo mas tres, que debiendo ser de la mismas circunstancias que los Caballeros Maestrantes, se recibiràn en la misma forma, y solo se podrà exceder de este numero en caso que alguno ò algunos Cavalleros Maestrantes ascendiesen al alto estado del Sacerdocio; los quales por el mismo hecho quedan en la clase de Cavalleros Capellanes... 

En las Juntas Generales tiene su lugar y voto después de los Oficiales de la Mesa. Es cargo de los Caballeros Capellanes, celebrar la misa y dar la Comunión, a los Maestrantes el día de Nuestra Señora la Purísima Concepción. (Trascritas según texto original).

Farfan
Muy Iluste y Rvdo. Sr. Don Enrique Farfán y Navarro Caballero Capellán de la RMCV (q.p.d)

En la actualidad ocupa dicho cargo el Muy Ilustre y Reverendo Sr. D. Emilio Aliaga Girbes.

ARZOBISPOS DE VALENCIA

Capellanes de Honor de la Real Maestranza de Caballería de Valencia

Otro de los más distinguidos honores, que goza esta Maestranza, es el de tener por Capellanes de Honor, a los Excmos. y Rvdmos. Srs. Arzobispos de esta Diócesis.

– Fray Antonio Folch de Cardona, 1.700
– Don Andrés de Orbe y Larreategui, 1.725
– Don Andrés Mayoral Alonso de Mella, 1.737
– Don Tomás de Azpuru, 1.770
– Don Francisco Fabián y Fuero, 1.773
– Don Antonio Despuig y Dameto, 1.795
– Don Juan Francisco Ximénez del Río, 1.796
– Fray Joaquín Company y Soler, 1.800
– Don Veremundo Arias Teixero, 1.815
– Don Simón López y Sicilia, 1.824
– Don Joaquín López y Sicilia, 1.832
– Don Pablo García Abella, 1.848
– Cardenal Don Mariano Barrio y Fernández de Jaca, 1.861
– Cardenal Don Antolin Monescillo y Viso, 1.877
– Cardenal Don Ciriaco Ma Sancha Herás, 1.892
– Cardenal Don Sebastián Herrero y Espinosa de los Monteros, 1.898
– Cardenal Don Victoriano Guisasola y Menéndez, 1.906
– Don Valeriano Menéndez Conde, 1.914
– Don José Salvador y Barrera, 1.917
– Cardenal Don Enrique Reig y Casanova, 1.920
– Don Prudencio Melo y Alcalde, 1.923
– Don Marcelino Olaechea Loizaga, 1.946
– Don José María García Lahiguera 1.969
– Don Miguel Roca Cabanellas, 1.978
– Don Agustín García Gascó y Vicente, 1.992
– Don Carlos Osoro, 2.009
– Cardenal Cañizares, 2.014

CUADRILLEROS

Para el particular govierno de las cuadrillas, ha nombrado siempre la Maestranza cinco Quadrilleros, que con el que acaba de ser Teniente (que queda de primer Quadrillero) completan el numero preciso, tienen voto en la Junta Particular, los nombrará el Teniente de S.A.R. si se necesitasen mas para alguna fiesta. (Trascritas según texto original).

EL Oficio dura cuatro años y han de pasar otros cuatro para volver a ser elegido. En las Juntas Particulares tiene su lugar y voto por orden de su nombramiento, después de los que han sido Tenientes.

El primer Cuadrillero sucede por enfermedad o ausencia al Teniente de S.M. y en su defecto los demás Cuadrilleros.

Están encargados por el Cuerpo, de ir en nombre de este, en la Pascua de Navidad y de Reyes, en Ceremonia, a felicitársela a S.M; representado por el Teniente de Hermano Mayor.

DIPUTADOS Y COMISARIOS

El oficio de Diputados dura cuatro años, y pueden ser reelegidos à voluntad de las Juntas, pero con la misma formalidad.

Nombra la Maestranza en la Junta de elecciones dos Cavalleros Comisarios que en las Juntas Generales, y Particulares tienen su lugar, y voto después de los Diputados, y el uno ò los dos podràn tener ambos empleos si perteneciere à la Maestranza .(Trascritas según texto original).

Es de autoridad de los Caballeros Diputados dar todas las providencias convenientes a la disposición del sitio en que ha de ejercer el Cuerpo sus funciones.

Otra Dignidad, que nombra la Corporación de la Real Maestranza, en una Junta de elecciones, es la que emplea dos Caballeros Comisarios.

PORTERO

Tendrà la Maestranza un Portero, à quien se le dará Titulo, Fuero, y el Uniforme señalado, cuyas obligaciones son, convocar à todas las Juntas, asistir en la Antecámara de ellas, entrar a empezarlas à tirar de la Cortina del Retrato de S.A.R. como al fin de ellas, y siempre que el Teniente de S.A.R. lo llame, ejecutar lo que le mande, è igualmente avisar si viene algun recado para la Maestraza.(Trascritas según texto original).

OTROS OFICIOS ANTIGUOS

El Caballero Delineador.

El oficio de Delineador, (Para Delineador de la Maestranza, apenas restablecida ésta, y antes de sancionarse la Real Cédula de sus Ordenanzas, fué nombrado en 3 de Septiembre de 1757, Pablo Ortiz, natural de Córdoba, cuñado del primer picador mayor Diego María, con sueldo de 6 reales vellón diarios y 14 L. anuales más para ayuda de alquiler de casa. Ortiz falleció en 1784; pero un año antes habíasele nombrado suplente á Joaquín Vidal, de Valencia, que después lo fué efectivo hasta su muerte, que le reemplazó Ignacio Laymón, también valenciano, que desempeñó su empleo hasta su fallecimiento acaecido en 1801. Le reemplazó Pedro Páez.) lo fija la Ordenanza que le señala el uniforme y el goce de fueros especiales de Maestranza, para que (según estilo de ésta desde su restablecimiento) ejecutase una escaramuza nueva en cada función, la dibujase y enseñase a los Caballeros, que primeramente la ensayaban a pie. Tenía el Caballero Delineador la obligación de asistir, desmontado, a los ensayos de a caballo, a las fiestas y al reconocimiento que hacían también los Padrinos. Asimismo debía vaciar el dibujo en el libro de escaramuzas, siendo muy curioso el interrogatorio a que se le sometía para que demostrase su suficiencia antes de admitírselo.

Para la dignidad de Caballero Delineador de la Maestranza, apenas restablecida esta y antes de sancionarse la Real Cédula de sus Ordenanzas, fue nombrado en 3 de Septiembre del año 1757, Pablo Ortiz, natural de Córdoba, cuñado del primer Caballero Picador Mayor Diego María. El Señor Ortiz falleció en 1784, sin embargo un año antes se le había nombrado suplente a Joaquín Vidal, de Valencia, que después lo fue efectivo hasta su muerte. Le reemplazó Pedro Páez.

El Caballero Picador, sus ayudantes y el Domador.

Necesita la Maestranza para su Escuela de a caballo de un Caballero Picador de la mayor inteligencia en el arte de la brida por eso tiene título y fueros así que el uniforme señalado. Las obligaciones del Caballero Picador son:

– Mandar en todos los ejercicios de picadero y fuera de él, a los ayudantes y domadores (y todos estarán a la orden del Caballero Fiscal)

– Asistir indefectiblemente a todos los ejercicios y ensayos

– Hacer trabajar todos los caballos bajo su dirección.

Y además cuando toree algún Caballero Maestrante, debe estar en la Plaza el Picador, para darle su caballo si lo necesita. Todas las veces que la Maestranza salía a caballo, debía ir delante del Cuerpo.

Picadores
Uniforme y equipos del Picador Mayor.

Los Picadores Mayores que han servido a la Real Maestranza fueron:

– del año 1748 hasta el año 1757 : Diego Maria.

– del año 1757 hasta el año 1765 : Jerónimo Maria (hermano del anterior).

– del año 1766 hasta el año 1771 : Pedro Alvarez (recomendado por el anterior y quedó como segundo picador hasta su fallecimiento que ocurrió en 1790).

– del año 1771 hasta el año. 1791 cuando falleció : Francisco de Paula Paéz (sobrino de Jerónimo María, fue segundo picador de 1758 a 1771 cuando ascendió a primero).

– del año 1791 hasta 1835 : Mariano Paéz y Perez (es el hijo del anterior y fue segundo picador de 1771 a 1791).

– en el año 1853 : Pedro Paéz y Pérez (hermano del anterior, fue segundo picador de 1798 a 1835).

Los ayudantes de Caballero Picador son dos segundos Caballeros Picadores, que tienen también título, fueros y uniforme; además están subordinados en lo general al Picador Mayor.

El Caballero Domador de la Real Maestranza, como los demás, tiene título y fueros y de igual modo que por los ayudantes estará a las órdenes del Caballero Picador Mayor. Es de su cargo domar los potros y ponerlos en estado de empezar la Escuela, por fin tiene obligación de recoger, cuidar y aprontar todos los aprestos del Picadero y manejar el látigo cuando se le mande.

El Cirujano, los Herradores, el Armero, los Músicos.

La Real Maestranza necesitaba también la presencia de otros Caballeros, éstos no tomaban parte activa en las escaramuzas, sin embargo favorecían su mantenencia, fueron

«El Cirujano de la Real Maestranza que tenía título y fueros, y tiene la obligación de asistir en lugar oportuno y determinado a todos los ejercicios violentos.»

Dos Herradores Veterinarios, con título, fueros y uniforme, que tienen la obligación de estar presente, con los instrumentos de su práctica y herraduras de varias especias, en todos los picaderos y sitios donde habían ejercicios de a caballo. En las fiestas de toros cuando hay caballos en la Plaza, no deben faltar de la puerta por donde salen.

El Armero que tiene título y fueros para que en su tienda se pudieran legítimamente tener, hacer y componer las pistolas de los Maestrantes.

 Fueron los Músicos de la Real Maestranza, de notaria habilidad a quienes se ha dado título, fueros y uniforme señalado. Para el mayor lucimiento del Real Cuerpo, siempre que la Maestranza salía a función pública debían ir delante tocando la marcha propia de este Cuerpo, composición de Don Carlos Testor, para oboe, fagot y trompeta, inagurada el cuatro de marzo de 1777.

Caballero-Musico-RMCV

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies
Site Protection is enabled by using WP Site Protector from Exattosoft.com