FUERO MILITAR
El privilegio del Fuero Militar, fue concedido a la Real Maestranza de Caballería de Valencia, en atención a sus servicios, por el Rey Don Fernando VII, por Real Decreto de 19 de noviembre de 1827.
Anteriormente, el Rey Don Carlos III en su Real Cédula de 5 de marzo de 1760, ya había fijado los fueros, gracias y preeminencias que había de gozar la Real Maestranza así como los Caballeros Maestrantes, algunos de los cuales se transcribe a continuación
…Que los Maestrantes puedan llevar Pistolas en el Arzon siempre que salieren montados, y vestidos en su trage regular, y descubiertos,…
… Que dichos Maestrantes y su Juez Protector, y Acesor, ó Subdelegado gocen el fuero pasivo en todas las Causas criminales,…
… Que en todos los casos en que se concede fuero a los Maestrantes, se entienda tambien concedido a favor de sus Mugeres,…
…POR TANTO, mando al mi Governador Capitan General que es, ò en adelante fuere, y al Regente y Audiencia del mi Reyno de Valencia,, que reconociendo por Juez protector de la Maestranza de Valencia al Capitan General que es, ò en adelante fuere de aquel Reyno, guarden, y hagan guardar, así à la referida Real Maestranza, como à los Cavalleros Maestrantes domiciliados en dicha Ciudad de Valencia, y demàs personas que vàn expresadas, las honras, prerrogativas, gracias, preeminencias, y esenciones, que gozan las Maestranzas y Maestrantes de Sevilla y Granada, con las limitaciones, y declaraciones, que van referidas en esta mi Real Cedula, que asi es mi voluntad.
Fechada en Buen-Retiro, à cinco de Marzo de mil setecientos sesenta
«YO EL REY»
Por mandado del Rey nuestro Señor.
Don Nicolàs Manzano, y Marañon. (Trascritas según texto original).
La abolición general de los privilegios decretados en el año 1836, derogó la mayor parte de las preeminencias que la Real Maestranza tenía concedidas, si bien no ha podido borrar la honra de haberlos merecido, subsistiendo aun algunas como elocuentes y honoríficos signos de distinción.