Las elecciones generales y reelecciones de la Real de Valencia
De la elección del Teniente de S.M.
Antes del dia diez de Marzo, mandarà el Teniente de S.M. convocar la Junta particular, en la que manifestarà los seis Maestrantes que ha de proponer en la Junta general, para que de èstos se consulten tres à S.M. à fin de que se sirva elegir Teniente, para el siguiente mandato.
Si la junta se conformase con la proposicion hecha por el Teniente, queda formada para que pase à la Junta general; pero si no se conformasen en todos ò algunos, se pasarà à votar, advirtiendo que para reprovar à alguno, se necesitan de las tres partes de votos, inclusive el tercio que tiene el Teniente, las dos; y los mismos para quedar elegido, el que ha de entrar à reemplazar el excluido.
Despues se cita à Junta general para el dìa diez de Marzo; y practicada la formalidad de dar cuenta el Secretario de haver mandado convocar à todos, y jurado por el Portero haverlo cumplido, leerà el Secretario los seis Sugetos que vienen propuestos por el Teniente, y aprobados por la Junta particular, para que la Junta general elija los tres què han de proponerse à S.M. para que se sirva elegir Teniente para el mandato siguiente, en esta forma.
Estaràn en seis legajos de Cedulas escritos los seis nombres de los Cavalleros Maestrantes que se proponen à la Real Maestranza, y tomando el Teniente los legajos, mandarà el Teniente que pasen por su orden à la Mesa, y voten en la forma dicha en la Ordenanza de Juntas Generales el Cavallero que ha de ir en primer lugar; y despues de todos votarà en pùblico el Teniente por el tercio que tiene, antes de sacar las Cedulas de la Urna, y quedarà elegido el que tuviere de las tres partes de votos las dos.
Si en la primera votada no huviese eleccion, y tuvieren diferentes Maestrantes votos, quedaràn para el concurso los dos que tuvieren mas, excluyendo à los otros.
Elegido el que debe ir en primer lugar, se pasarà à votar en la misma forma uno de los cinco que quedan para el segundo lugar, y elegido que sea, se pasarà à votar otro de los quatro para el tercero.
Con lo que se concluirà esta Junta, y se hace la Consulta à S.M. con expresión del lugar de cada uno de los propuestos, y la firmaràn el Teniente, los Padrinos, y el Secretario.
Luego que el Teniente r55eciba el pliego del nombramiento de S.M. mandarà convovar la Junta Particular, en la que se lee, y sino està en ella el elegido, se le pasarà aviso por el Teniente en voz para su inteligencia.
Del modo de poner en posesion al Teniente de S.M.
Para el dia quatro de Mayo por la tarde, se avisarà à todos los Maestrantes para acudir a la Casa-Palacio de este Real Cuerpo, à poner en posesion al nuevo Teniente de S.M. y pasar à la junta de Elecciones..
Formada la Junta, darà el Teniente el nombramiento de S.M. al Secretario, y puestos todos en pie le leerà, y pasarà el nuevamente nombrado à ocupar su lugar, y el que ha acabado, al lugar que le corresponde por haver sido Teniente, entregando al nuevo, el Baston que debe usar en señal de su alta representacion; y se formarà la Maestranza en la forma acostumbrada, cuyo frente estarà enteramente desembarazado para recibir de los Maestrantes el correspondiente saludo.
Acabada esta funcion, celebraràn la Junta de Elecciones de todos los demàs empleos, que deben nombrarse en el mismo dia. (Trascritas según texto original).
De las elecciones de los demàs Oficios.
Hoy en día el Teniente de S.M. propone a la Junta General los Caballeros que han de formar parte en las distintas Juntas de esta Real Maestranza y en su caso aprobados por dicha Junta pasarán de inmediato a desempeñarlos.
